La meta “pirotecnia cero” que se planteó la provincia hace 2 años está cada vez más cerca de ser una realidad. Es que si bien la ley que pretendía prohibirla en todo el territorio no salió aún en la Legislatura (el año pasado presentaron el proyecto y no ha sido tratado aún), por su cuenta los distintos municipios se han ido sumando.
En la zona Este, los departamentos de San Martín, Junín y La Paz son los únicos municipios que hasta la actualidad no han restringido la venta y comercialización de pirotecnia para las fiestas de Navidad y Año Nuevo.
Aquellos negocios que quieran comercializar pirotecnia en Mendoza solo podrán hacerlo en locales habilitados para tal fin. En caso de no cumplir con la normativa, serán sancionados con una multa de más de 11 mil pesos.
La habilitación es expedida, hasta el viernes 20 de diciembre, por el Registro Provincial de Armas (REPAR) y tiene un precio de $9.392.
En este contexto, el Gobierno provincial viene trabajando en una serie de medidas para llegar al objetivo de “Pirotecnia 0” en todo el territorio mendocino.
En total, ya son 15 los municipios que se sumaron a esta iniciativa y que no comercializarán elementos pirotécnicos en las próximas fiestas. Se trata de Tunuyán, Tupungato, Luján, Godoy Cruz, Ciudad, Maipú, Rivadavia, Guaymallén, Malargüe, San Rafael, Las Heras, General Alvear, San Carlos, Lavalle y Santa Rosa.
Prohibiciones
Entre las medidas adoptadas por el Ministerio de Seguridad, se establece la prohibición de la venta de pirotecnia en los stands de material metálico ubicados en playas de supermercados e hipermercados. Esta iniciativa se suma a la prohibición de anexar la venta de fuegos artificiales a un comercio de otro rubro.
Requisitos
Aquellos comercios que, temporal o permanentemente, se dediquen de forma exclusiva a la venta de pirotécnica deben:
– Poseer local para la venta exclusiva de material pirotécnico.
– El local deberá contar con depósito para el material con una superficie no menor a 20 m2 y sin acceso al público.
– Local limitado por paredes de hormigón y/o ladrillo, puertas y techos de material no combustible.
– Podrán albergar un máximo de 30 bultos, o cajones de 15 kilos cada uno.
– Propiedad o contrato de alquiler.
– Habilitación municipal con verificación de las adecuadas medidas de seguridad. El local deberá encontrarse a una distancia no menor a 100 metros de un lugar de expendio de combustible o depósito de combustible.
– Original y copia de DU.
– Constancia de inscripción de Ingresos Brutos.
– No poseer sanciones pendientes por infracciones a la ley.
– Declaración Jurada de domicilio legal y real del titular.
La ley aún espera
En mayo del 2017, la diputada oficialista Beatriz Varela presentó un proyecto de ley en la Legislatura para prohibir la tenencia, venta, fabricación y acopio de pirotecnia en todo el territorio de Mendoza. Y la intención de la Secretaría de Ambiente era llegar a las fiestas de este año con la norma que anulara su uso total en la provincia. Más allá de esto, el proyecto no llegó a ser tratado en las cámaras; por lo que la ley deberá aguardar.
“No dieron los tiempos para tratarlo.Durante los últimos 2 años hemos estado trabajando y con el apoyo de madres y padres de chicos con autismo que apoyan este proyecto. Además, varios municipios han elaborado sus ordenanzas de prohibición.